21 de agosto de 2018

LA INFLACIÓN EN PROYECCIONES DE TARIFAS DE SERVICIOS PÚBLICOS EN ECUADOR


La proyección de GASTOS recomendada por la Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA) para la aproximación al valor de las tarifas (cargos fijos y variables), obedece a un criterio temporal de corto plazo (5 años). 

Es frecuente realizar las proyecciones financieras considerando la modalidad de VALORES CONSTANTES, es decir, sin considerar la inflación. Es la práctica común, por ejemplo, del Banco de Desarrollo del Ecuador Banca Pública (BDE BP) para la evaluación de proyectos financiados por la entidad. 

Al inicio de la socialización del Producto 6 de AIGOS, que se presumiría habrá sido asimilado en el Informe Técnico del Proyecto de Regulación N° DIR-ARCA-RG-006-2017, se impulsaba que la tasa de actualización o de descuento para los flujos de la proyección de costos / gastos (según la perspectiva que se aplique), sea el 12%. No obstante, se hizo notar que los GAD y EP municipales contraen créditos con una tasa de descuento de carácter financiero.

ESPOL TECH EP desarrolló una consultoría para el BDE BP, relacionada con la Elaboración de nuevas metodologías de evaluación financiera y económica. En torno a este punto, ESPOL TECH EP destaca que "Varias guías internacionales sugieren el uso de valores reales (ajustados por índices de precios), no obstante; esta práctica ha caído en desuso y en contextos económicos en donde la dinámica inflacionaria es relativamente estable, este análisis es poco informativo y constituye un efecto únicamente de re escalamiento que no altera las conclusiones del análisis

En la misma consultoría, ESPOL TECH EP aportó una aproximación al valor de las tasas financiera y social de descuento, a considerar en los flujos de una u otra naturaleza. Para la tasa financiera de descuento (evaluación financiera), con base a boletines de la Bolsa de Valores de Quito, se aproximó a un valor de 6,58%[3]Para la tasa social de descuento, ESPOL TECH EP desarrolló un análisis comparativo a partir de fuentes de entidades financieras de organismos multilaterales de crédito y de instituciones estatales de países desarrollados, en vías de desarrollo y de América Latina. Con dicho análisis, ESPOL TECH EP determinó que valores entre 10% y 12% "constituyen un estándar internacional… con excepción de la Comisión Europea…"[4], reafirmando el valor de la tasa social de 12% empleada por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES).

ESPOL TECH EP manifiesta que se debe utilizar una tasa de descuento coincidente con la modalidad de análisis efectuado (valores reales o nominales, que equivale a decir valores corrientes y valores constantes, respectivamente), por cuanto el valor de la tasa financiera de descuento se ve afectada por la inflación. Se destaca que la inflación es un valor sumamente volátil, que no permanece constante.

La forma cómo ha evolucionado la inflación en el Ecuador en los últimos años, reafirma que su efecto no será muy relevante para el análisis en ciernes, como se establece en otra entrega de este blog.


Considerando el análisis precedente relacionado con la volatilidad y la complejidad inherente de la inflación, su vinculación con políticas macroeconómicas diversas incluso contracíclicas, la incertidumbre y corto plazo de su pronóstico, el poco impacto que actualmente tiene en la economía ecuatoriana por los efectos del proceso de dolarización, no se comprende que la ARCA pretenda que cada estudio tarifario a ser presentado por un prestador público incluya un capítulo con un análisis econométrico de tan compleja variable.

Sorprende que, en la regulación 006 de la ARCA, se haya incluido una variable tan volátil, compleja, de un difícil pronóstico siendo este posible a muy corto plazo. En particular, en el artículo 32 de la regulación 006 se menciona:

"La proyección de costos deberá ser desarrollada en función del período para el cual se analiza el nuevo pliego tarifario, aplicando el método que el prestador de servicios considere idóneo, SIEMPRE Y CUANDO CONTEMPLE VARIABLES DE CARÁCTER MACROECONÓMICO, TALES COMO LA INFLACIÓN ANUAL, demanda futura proyectada, variación del producto interno bruto (anual), índice de precios del consumidor, entre otros, con la finalidad de que dichos costos se acerquen lo más posible a la realidad de cada prestador".

En contraste, la Regulación 002, en su artículo 12, establece que cada 5 años se revisará y/o actualizará la tarifa (por parte de la Autoridad Única del Agua, art. 11, con informe técnico de soporte art. 10 Reg. N° 002), PUDIENDO "… REVISAR Y/O ACTUALIZAR DE FORMA EXTRAORDINARIA LA TARIFA", entre otras razones, por la necesidad de "Adaptación a nuevas circunstancias macroeconómicas y sociales, como: VARIACIONES DE LA INFLACIÓN; el índice de precios al productor y variación en la demanda".

Contrasta el carácter POTENCIAL para la Autoridad Única del Agua, para actualizar la tarifa del agua cruda, por ejemplo, en función de la inflación, mientras que para los prestadores públicos del servicio el carácter de la resolución es CONDICIONAL Y MANDATORIO, obligatorio: SIEMPRE Y CUANDO.



Si bien en algunos casos (personas y/o instituciones) existirá el conocimiento o la investigación necesarios para desarrollar el análisis considerando economía inflacionaria (que no es la realidad actual del Ecuador), esta irracional exigencia regulatoria podría inducir a errores en los procedimientos a causa de la discrecionalidad con que se adoptarán los valores de inflación que, en un caso óptimo, deberían ser dictados por los entes rectores estatales.

En 


[1] Banco de Desarrollo del Ecuador Banca Pública (BDE BP). Producto 2  Instructivos, manuales y guías con la nueva metodología de evaluación con sus respectivas herramientas de apoyo, página 46 nota de pie de página 3. Junio 2016.
[2] TFD, tasa financiera de descuento.
[3] BDE BP, op. cit., página 92.
[4] BDE BP, op. cit., página 105.
[5] Infante Villarreal, Arturo. Evaluación financiera de proyectos de inversión, pág. 200. Desarrollo Gerencial. Grupo Editorial NORMA. Colombia, 1992.
[6] Si TFD = i = 8%  e  = 0.5%, entonces  TFC deflactada asciende a 7,46%. Si  = -0,5%, TFD deflactada es igual a 8.54%. El factor de actualización  es mayor conforme el valor de i disminuye.

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